Términos y condiciones generales de Vomat GmbH
I. Generalidades
1. Las condiciones comerciales entre el proveedor y el comprador se basan en las siguientes condiciones generales de venta y entrega, a menos que se hayan celebrado otros acuerdos por escrito.
2. Las condiciones generales de venta y entrega se aplicarán también a todos los pedidos futuros del comprador, aunque el proveedor no se refiera a ellas en todos los casos.
3 Las condiciones de compra del cliente no son vinculantes para nosotros, aunque no nos opongamos a ellas.
II. Ofertas
1. Las ofertas del proveedor, incluyendo los detalles de entrega, están sujetas a cambios.
2. Salvo acuerdo en contrario, los precios son ex fábrica, más el impuesto sobre el valor añadido legal, el embalaje/transporte adecuado y el seguro de transporte.
3. Los documentos pertenecientes a la oferta, tales como dibujos, ilustraciones, muestras, así como las especificaciones técnicas, sólo tienen una validez aproximada si no se designan expresamente como vinculantes. Las ofertas, los borradores y los dibujos no podrán ser accesibles a terceros, en particular a los competidores, y no podrán utilizarse para fines de licitación. En caso de que no se realice el pedido al proveedor, los dibujos y demás documentos pertenecientes a la oferta deberán ser devueltos a petición del cliente. El proveedor se reserva el derecho de exigir el pago de las muestras, bocetos, borradores y otros documentos de planificación del proyecto solicitados expresamente por el cliente, incluso si no se realiza el pedido.
4. El proveedor no está obligado a comprobar los bocetos, modelos, moldes y marcas que se le faciliten para detectar la infracción de derechos de propiedad industrial de terceros. Por lo tanto, las infracciones de patentes y/o modelos de utilidad son responsabilidad del cliente. Si se presenta una reclamación contra el proveedor por estos motivos, el cliente está obligado a indemnizarle o a reembolsar los gastos derivados de una reclamación presentada por un tercero por infracción de derechos.
III. Pedidos
1. El pedido se convierte en vinculante mediante la confirmación del pedido por parte del proveedor. 2. El comprador deberá notificar al proveedor por escrito cualquier reclamación o solicitud de modificación en un plazo de 8 días laborables.
2. El plazo de entrega indicado no comenzará antes de que el pedido se haya aclarado definitivamente desde el punto de vista técnico y se haya producido todo el suministro de materias primas acordado por el comprador o por terceros. Esto incluye también el pago de un anticipo acordado.
3. Los acontecimientos de fuerza mayor darán derecho al Proveedor, incluso dentro de un retraso, a aplazar la entrega por la duración del impedimento y un período de puesta en marcha razonable, o a rescindir el contrato total o parcialmente debido a la parte aún no cumplida. El Proveedor informará al Comprador sin demora de la aparición de un caso de fuerza mayor. La fuerza mayor incluye también las perturbaciones operativas, como incendios, escasez de materias primas y energía, huelgas, cierres patronales, así como obstrucciones de las vías de circulación, independientemente de que estas circunstancias se produzcan en el Proveedor, en un suministrador o en su subcontratista.
4. Nos reservamos el derecho a realizar modificaciones en la ejecución que resulten técnicamente necesarias y que sean razonables para el comprador, teniendo en cuenta los intereses del proveedor.
IV. Entregas
1. Cualquier riesgo se transmitirá al Comprador cuando la mercancía esté lista para su envío o cuando el Proveedor se lo notifique al Comprador.
2. los bienes/mercancías se envían siempre por cuenta y riesgo del comprador, incluso si se ha acordado la entrega a portes pagados. En el caso de envíos dañados o incompletos, se debe hacer una declaración de los hechos con el transportista inmediatamente después de la recepción.
3. Las órdenes de compra se ejecutarán dentro de las posibilidades de producción. Si se han acordado fechas de suspensión, el Proveedor podrá exigir el pago de las cantidades suministradas después de la expiración de la fecha sin haber informado previamente al Comprador. Si éste no acepta la cantidad solicitada/preparada a su debido tiempo, el Proveedor podrá almacenarla por cuenta y riesgo del Comprador y exigirá el pago de la cantidad solicitada aún no aceptada después de 2 meses de almacenamiento como máximo y entregará la mercancía al Comprador incluso sin solicitarla.
4. Se considerarán acordadas las entregas excesivas o cortas (número de piezas ± 10 %) dentro del ámbito habitual. Se permiten las entregas parciales.
V. Condiciones de pago
1. Salvo acuerdo en contrario, las facturas del proveedor se pagarán inmediatamente después de la entrega, sin deducción alguna.
2. El proveedor se reserva el derecho de exigir un anticipo del 50% para los objetos con un valor de pedido igual o superior a 5.000 euros. El pago restante deberá efectuarse una vez que esté listo para la entrega/aceptación.
3. En caso de retraso en el pago, los intereses de demora se cobrarán al tipo de interés del crédito en cuenta corriente, al menos 5 puntos porcentuales por encima del tipo de interés básico. El comprador puede demostrar que el daño no es superior a 5 puntos porcentuales por encima del tipo básico. El vendedor puede demostrar que se ha producido un daño mayor. Además, se reembolsarán todos los gastos de recordatorio y cobro.
4. Las dificultades temporales de pago no liberan de la obligación de pago. En caso de que se demuestre una falta de voluntad de pago deliberada, el cliente responderá con su patrimonio privado hasta que se hayan liquidado todas las reclamaciones.
5. El incumplimiento de las condiciones de pago o las circunstancias que lleguen a conocimiento del Proveedor después de la celebración del contrato y que den lugar a dudas justificadas sobre la solvencia del Comprador, darán lugar al vencimiento inmediato de todos los créditos del Proveedor, incluidas las obligaciones vigentes en virtud de letras de cambio. En este caso, el proveedor también tiene derecho a rescindir el contrato y a exigir una indemnización por los daños resultantes, a menos que el comprador realice un pago anticipado o proporcione una garantía suficiente.
VI. Conservación del título
1. Todas las mercancías del proveedor son de su propiedad hasta el pago completo de todas las reclamaciones derivadas de la relación comercial, incluidas las futuras, también de los contratos celebrados al mismo tiempo o posteriormente. Esto también se aplicará si los pagos se realizan sobre créditos especialmente designados.
2. En el caso de una cuenta corriente, la propiedad reservada se considerará como garantía del crédito del saldo del proveedor.
3. El cliente tiene derecho a revender la mercancía reservada en el curso normal de sus negocios, siempre que transmita a su cliente la reserva de propiedad del proveedor. No se le permite transferir la propiedad a modo de garantía o pignorar los bienes. Las intervenciones o medidas de terceros que afecten a la reserva de dominio del Proveedor deberán ser notificadas al Proveedor sin demora. El comprador deberá tomar todas las medidas urgentes a su cargo que sean necesarias para proteger los derechos del proveedor. A partir de ahora, cede al proveedor sus créditos derivados de la reventa de la mercancía reservada con todos los derechos accesorios, independientemente de que la mercancía reservada se revenda sin o después de su transformación. Se prohíbe al Comprador celebrar acuerdos con su cliente que excluyan o menoscaben de algún modo los derechos del Proveedor. El Comprador seguirá teniendo derecho a cobrar los créditos cedidos al Proveedor incluso después de la cesión. No obstante, el Proveedor se reserva el derecho de cobrar la reclamación de forma independiente, especialmente en caso de impago por parte del Comprador. A petición del Proveedor, el Comprador debe revelar los créditos cedidos y sus deudores, proporcionar toda la información necesaria para el cobro, entregar los documentos pertinentes e informar al deudor de la cesión.
VII. Responsabilidad por defectos / Garantía
1. Los defectos de la mercancía deberán notificarse por escrito al proveedor sin demora, a más tardar en el plazo de una semana a partir de la recepción de la mercancía en el lugar de destino.
2. El proveedor no será responsable de los defectos materiales no reconocibles que se produzcan con posterioridad.
3. En caso de notificación justificada de un defecto, el Proveedor tendrá derecho a subsanarlo. El Comprador le concederá un plazo razonable para ello. El cliente podrá reclamar una indemnización por daños y perjuicios en lugar o además del cumplimiento, sólo y únicamente si el cliente ha dado al proveedor tres oportunidades para subsanar el defecto en el marco del cumplimiento posterior. Si la subsanación de los defectos fracasa, el Comprador podrá exigir la rescisión o reducción del contrato. El fracaso de la mejora posterior se da en cualquier caso sólo después del tercer intento fallido. Quedan excluidas todas las demás reclamaciones, en particular las reclamaciones por daños y perjuicios, especialmente las reclamaciones de indemnización por daños que no se hayan producido en la propia mercancía (daños indirectos causados por un defecto).
4. En caso de reclamación de la garantía, el proveedor correrá con los gastos de subsanación del defecto.
5. El proveedor será responsable en caso de dolo o negligencia grave por parte del proveedor o de un representante o auxiliar ejecutivo de acuerdo con las disposiciones legales. No obstante, la reclamación de daños y perjuicios por el incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales se limitará a los daños previsibles típicos del contrato, incluso en caso de negligencia grave. Queda excluida cualquier otra responsabilidad del proveedor.
6. No obstante, se excluye por completo la responsabilidad por los daños causados por el objeto de la entrega a los bienes jurídicos del comprador, por ejemplo, a otros bienes. Esto no se aplicará en caso de dolo o negligencia grave o si hay responsabilidad por daños a la vida, la integridad física o la salud.
7. Las disposiciones de los párrafos (5) y (6) anteriores se aplicarán a los daños y perjuicios adicionales al cumplimiento y a los daños y perjuicios en lugar del cumplimiento, independientemente de los motivos legales, en particular por defectos, incumplimiento de los deberes derivados de la obligación contractual o agravio. También se aplican a la solicitud de reembolso de gastos inútiles.
8. La obligación de garantía queda excluida si la mercancía entregada ha sido manipulada posteriormente por el comprador o por un tercero no autorizado por el proveedor.
9. No es admisible el ejercicio del derecho de retención del precio de compra o la compensación con contrademandas contra el proveedor.
VIII. Lugar de ejecución y jurisdicción
1. El lugar de cumplimiento es el domicilio social del proveedor. Salvo que la ley disponga lo contrario, el lugar de jurisdicción será el domicilio social del Proveedor. En el caso de que se desconozca el domicilio o la residencia habitual del Comprador en el momento de interponer la demanda, así como en el caso de que el Comprador traslade su domicilio o su residencia habitual fuera del ámbito de aplicación de la ley después de la celebración del contrato, el fuero será generalmente el del Proveedor.
IX. Varios
En caso de que alguna de las cláusulas de estas Condiciones Generales no sea válida, ello no afectará a la validez legal del resto del contrato y de las demás condiciones contractuales.